Características de la jubilación de los autónomos

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La jubilación para los autónomos ha sido uno de los grandes problemas y quebraderos de cabeza para este tipo de trabajador por cuenta propia, ya que deben destinar una buena parte de sus ingresos mensuales a cotizar, de manera que tengan derecho a disfrutar en el futuro de una pensión cuando ya no se encuentren ejerciendo su actividad.

Lo primero que tenemos que tener muy presente es que la última reforma del sistema de pensiones en España supuso un cambio en las condiciones que rigen la jubilación de todos los autónomos. De esta manera, a partir de ese momento, se computarán más años para determinar la cuantía de la prestación a recibir. Además, la edad de retiro pasa de los 65 a los 67 años en el tramo que comprende desde 2014 hasta 2027.

Tras estos cambios en la legislación, ¿cómo queda la cotización de los autónomos? Para calcular la cuantía habrá que fijarse en lo que se paga a la Seguridad Social mensualmente. Como sabrás, lo mínimo será de 261,84 € con una base mínima de 875. La máxima, en cambio, estará por encima de los 3.000, aunque es totalmente voluntaria. Es preciso que recordemos que, a partir de los 48 años, esta importe estará limitado a 1.800 euros.

Como es lógico, aquellos profesionales que hayan cotizado más a lo largo de su vida, disfrutarán de un subsidio por retiro más elevado. Aunque la tónica general nos dice que las pensiones de los autónomos son sensiblemente más bajas que las del resto de asalariados.

Entre las principales condiciones que rigen la jubilación de los autónomos, nos encontramos con que la edad de jubilación quedará fijada en los 67 años en el 2027 (como ya hemos mencionado), siendo el periodo mínimo de cotización de 15 años, de los cuales dos deben estar entre los últimos 15 de trabajo.

Además, debemos de tener en mente que existirá la posibilidad de conseguir una jubilación anticipada voluntaria. Para que este extremo pueda darse, debemos contar con un mínimo de 63 años, habiendo cotizado un periodo no inferior a los 35 años.

A la hora de calcular exactamente de nuestro subsidio de jubilación, deberemos tener muy presente tres variables: La edad, el periodo mínimo de cotización y la cuantía de la pensión.

En primero lugar, todos los trabajadores que hayan cotizado 38 años y seis meses podrán jubilarse a los 65. Sino, habrá que esperar hasta los 67. Además, el periodo mínimo de cotización pasará de 15 a 25 en el periodo que va desde 2013 hasta 2027. Por último, la cuantía estará calculada en función de lo que mensualmente se haya aportado a la Seguridad Social y el número de años.

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